Tabú judicial

Mientras la independencia del sistema judicial brasileño nos mostró como el juez Sergio Moro puso a disposición de los medios de comunicación cada una de las providencias y documentos relacionados con la operación Lava Jato, el capítulo ecuatoriano de esta trama nos presenta una cuestionable e inédita decisión judicial, por la cual, ante un pedido de la fiscalía, se declara la reserva de la única instrucción abierta desde que el titular de la Fiscalía General del Estado recibió de las autoridades judiciales de Brasil, la documentación relacionada con el esquema de sobornos que involucra a varios funcionarios públicos ecuatorianos.

En efecto, el pasado 19 de junio, el juez de la Unidad Judicial Penal con sede en Quito, estableció un régimen de excepción a la regla general –y constitucional– que instaura la publicidad de las actuaciones dentro del marco de una instrucción fiscal, pero ¿Cuál es la motivación? Según se desprende de la providencia, el delito que se investiga se encontraría dentro del “bloque de delitos contra la estructura del Estado”; sin embargo, según se puede observar del catálogo de infracciones contenidas en el capítulo sexto del Código Orgánico Integral Penal (“Delitos contra la estructura del Estado Constitucional”) el delito de asociación ilícita no forma parte de dichas ofensas.

Lo anterior genera serios cuestionamientos, pues durante diez años fuimos espectadores del panem et circenses, donde los correos electrónicos y comunicaciones privadas, dentro de instrucciones penales, eran publicadas por medios de comunicación controlados por el gobierno. Sin duda hay un evidente interés político de que no sea la prensa la que de a conocer a la ciudadanía el desarrollo de los eventos, sino que sea el mismo Estado el que controle ésta información y cuente con el tiempo suficiente para contenerla con la respectiva agenda mediática a la que ya nos tienen acostumbrados.

En estos momentos existe un genuino interés de la ciudadanía en conocer los avances de la investigación del caso Odebrecht. Sin embargo, somos sorprendidos con decisiones judiciales expedidas contra mandato expreso de la ley. Y lo que llama alarmantemente la atención, es que los jueces no han mostrado rubor al momento de emitir tan cuestionables pronunciamientos. Hay venia, sin duda, de las altas esferas del poder judicial.

En Brasil fue su sistema judicial el que destapó los casos de corrupción. En Ecuador, nuestra justicia, inter alia, restringió el uso y difusión de documentos contentivos de información de actos de corrupción y declaró la culpabilidad de excelsos miembros de la Comisión Ciudadana Anticorrupción, por denunciar las irregularidades en los “megaproyectos” que hoy son investigados desde el sigilo impuesto por la función judicial.

Ya es hora que la lucha contra la corrupción rechace el secretismo taimado y que, en su lugar, goce de transparencia, especialmente desde el último bastión de la verdad que es la justicia.

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