Ley antimafia: el riesgo de bautizar viejas incapacidades

Foto difundida por las Fuerzas Armadas, el 9 de mayo de 2026.

René Betancourt

Quito, Ecuador

El Gobierno y la bancada oficialista anuncian una ley antimafia inspirada en el modelo italiano. Mucho se dice, poco se sabe. La promesa es ambiciosa: atacar el patrimonio criminal, decomisar bienes y coordinar seguridad, justicia e inteligencia para intervenir la infraestructura económica y logística del crimen organizado.

Ese enfoque parte de un diagnóstico correcto: el crimen organizado en Ecuador dejó de ser una suma de bandas armadas. Es una economía criminal incrustada en cárceles, puertos, minas, barrios, instituciones públicas, empresas y mercados. El narcotráfico es su eje, pero no su único combustible. También vive de la extorsión, la minería ilegal, el lavado de activos, el tráfico de armas, el sicariato, la corrupción, los testaferros, las compañías de fachada y la protección institucional. La violencia es su lenguaje más visible, no su negocio completo.

Por eso, una ley antimafia puede tener sentido. Pero no porque suene dura ni porque venga envuelta en épica italiana. Su valor dependerá de una pregunta menos cómoda para el poder: ¿servirá esta ley para desmontar ese poder económico o será otro capítulo de populismo penal?

Esa tentación tiene nombre. Anthony Bottoms, académico británico especializado en castigo y política criminal, la llamó en 1995 populist punitiveness: endurecer penas, crear delitos o ampliar el poder punitivo porque eso rinde políticamente, aunque no necesariamente reduzca el delito ni fortalezca la capacidad estatal. El riesgo es que una ley antimafia termine haciendo exactamente eso: vestir la “mano dura” con empaque técnico, mientras las redes criminales conservan lo esencial: dinero, protección, bienes y capacidad de reemplazo.

Ecuador ya cuenta con un catálogo penal amplio para perseguir estructuras criminales: delincuencia organizada, asociación ilícita, lavado de activos, terrorismo, financiamiento del terrorismo, tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, extorsión, secuestro, incluido el extorsivo, sicariato, asesinato e intimidación; tráfico ilícito, tenencia y porte no autorizado de armas; actividad ilícita de recursos mineros; trata de personas y tráfico ilícito de migrantes; cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito, enriquecimiento privado no justificado, tráfico de influencias, fraude procesal, obstrucción de la justicia y testaferrismo. A eso se suman herramientas para afectar bienes y ganancias ilícitas, como el comiso, la extinción de dominio y la responsabilidad penal de personas jurídicas. Ecuador no es un desierto normativo.

Entonces la pregunta seria no es si Ecuador necesita una ley que suene más dura, sino qué añade realmente a lo que ya existe en el Código Orgánico Integral Penal y leyes conexas. Si solo cambia nombres, sube penas o amplía facultades con lenguaje impreciso, será populismo penal con membrete antimafia. Si ordena el sistema, cierra brechas operativas y golpea la estructura económica del crimen, entonces merece discutirse. Porque capturar delincuentes es necesario, pero no basta: si el dinero sigue circulando, la organización reemplaza al detenido; si la ruta queda abierta, otro operador ocupa el lugar; si la empresa fachada sigue facturando, el negocio continúa. Mientras la economía criminal produzca y los bienes permanezcan intactos, la cárcel será apenas un costo operativo.

El modelo italiano puede aportar lecciones, pero no puede importarse como receta. Italia construyó su derecho antimafia frente a organizaciones con historia, códigos propios, arraigo territorial, capacidad de intimidación y penetración económica. De ahí salieron herramientas relevantes sobre asociación mafiosa, decomiso, investigación patrimonial y administración de bienes. Pero Ecuador enfrenta otra mezcla: narcotráfico transnacional, minería ilegal, control penitenciario, economías informales, sicariato tercerizado, extorsión barrial, corrupción local, lavado en negocios cotidianos y una institucionalidad que muchas veces llega tarde o llega rota. Por eso, si se crea una figura de asociación mafiosa, debe redactarse con bisturí.

También hay que mirar de frente las herramientas patrimoniales que ya están sobre la mesa: la extinción de dominio, el comiso penal, el testaferrismo y la responsabilidad penal de personas jurídicas no son adornos jurídicos, sino herramientas para afectar el patrimonio del crimen. Si no han golpeado con la fuerza prometida, la pregunta no es qué nuevo nombre inventamos, sino qué está fallando: fiscales sin especialización, jueces sin apoyo técnico, peritos insuficientes, bases de datos que no se cruzan, cooperación internacional débil, mala gestión de bienes o falta de voluntad para tocar patrimonios incómodos. Porque las fortunas criminales rara vez aparecen a nombre del jefe de la banda. Aparecen en la pareja, el primo, el chofer, el socio, la compañía recién creada, la volqueta, la concesión minera, el contrato, la importadora, la finca o el edificio. Si la ley no llega hasta esas capas, solo castiga a los reemplazables.

La investigación patrimonial debe ser el corazón de cualquier reforma seria. Seguir el dinero no es una consigna para entrevistas; es trabajo probatorio duro: reconstruir flujos financieros, identificar beneficiarios reales, detectar testaferros, cruzar registros, rastrear operaciones sospechosas y demostrar ante un juez por qué un bien pertenece al circuito criminal. Sin eso, solo quedan operativos vistosos, titulares de ocasión y expedientes débiles.

Incautar sin administrar bien es perder dos veces. Si vehículos, inmuebles, maquinaria, empresas o dinero terminan deteriorados, extraviados o manejados con opacidad, la victoria se vuelve papel mojado. Una política antimafia que no resuelve ese punto nace coja.

La coordinación institucional no puede ser una foto de mesa técnica. Las organizaciones criminales operan en red; el Estado, demasiadas veces, en compartimentos. Si inteligencia, prueba, incautación, acusación, jueces, gestión de bienes y registros no siguen una misma ruta, el caso se llena de grietas. Y una mafia bien financiada convierte cada grieta en oportunidad.

Hay, además, un riesgo político demasiado visible como para fingir sorpresa después. Si la ley no resiste el debate en la Asamblea, habrá quienes acusen a sus críticos de favorecer a las mafias, justo cuando el país entra en clima electoral. Y si el Gobierno sigue sin mostrar resultados frente al crimen organizado, el libreto ya estará escrito: no falló la política de seguridad, “no nos dejaron aprobar la ley antimafia”. Por eso conviene decirlo desde ahora: una ley de este tipo solo tiene sentido si no vende como innovación lo que el sistema ecuatoriano ya contempla. Si ordena, integra y ejecuta mejor, discutámosla. Si solo sirve para repartir culpas y fabricar enemigos, será campaña con lenguaje penal.

La prueba real de este proyecto será su capacidad para alcanzar patrimonios, empresas fachada, rutas, testaferros y redes de protección. Ecuador necesita firmeza, sí, pero no esa firmeza teatral que se mide por el volumen del discurso punitivo. Sin prueba, decomiso, coordinación y control, la dureza es propaganda, la fuerza es riesgo y la ley es ilusión. Porque a las mafias no se las derrota solo capturando personas; se las golpea cuando se les quita lo que les permite mandar, corromper, matar y volver a empezar: el dinero.

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