Soborno/peculado privados

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

El Ejecutivo no incluyó, en el veto parcial a la ley reformatoria al Código Penal (enviado a la Asamblea el pasado 15 de enero), objeción alguna al artículo 15 del proyecto, que plantea tipificar como delitos ciertos actos de corrupción en el ámbito privado. Así que, pronto, muy pronto, contaremos con herramientas penales para combatirlos.

Dos son las conductas que quedarán tipificadas como delitos en ese sector, acogiendo lo establecido en la Convención de las NN. UU. contra la Corrupción, aprobada el 31 de octubre de 2003 por su Asamblea General: el soborno (art. 21) y la malversación o peculado (art. 22).

Lo primero: será sancionado hasta con diez años de cárcel (ahorro el largo listado de sujetos incluido en el texto aprobado, pero en definitiva el administrador o controlador de una empresa), que “faltando al deber inherente a sus funciones, omita o cometa un acto que permita favorecerse a sí mismo o a un tercero, en el curso de actividades económicas, financieras o comerciales”, a cambio de un beneficio indebido. La misma pena se aplica a quien entrega el “beneficio”.

El reciente caso de Airbus (que llegó a acuerdos simultáneos con las fiscalías estadounidense, francesa y británica, reconociendo ser culpable de haber ofrecido o pagado masivamente sobornos, entre 2008 y 2015, para cerrar contratos de venta, por ejemplo a un alto funcionario de la privada Avianca, y, para evitar el procesamiento penal pagó una multa -en conjunto- de casi 4 mil millones de dólares), es muy buen ejemplo/precedente.

Lo segundo: igualmente, hasta diez años de cárcel para el administrador o controlador de una empresa que abuse, se apropie, distraiga o disponga arbitrariamente de activos, que estén en su poder en virtud de su cargo.

Los socios minoritarios, no pocas veces esquilmados por administradores/controladores que manejan las empresas como si fuesen hacienda propia (“vendiendo” bienes al costo a vinculados para que estos los revendan a terceros a precios de mercado, por solo citar un ejemplo), tendrán, pues, a mano, instrumentos penales para denunciarlos.

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