Vuelve a la carga el señor Pereira

Eduardo Carmigniani

Guayaquil, Ecuador

El asambleísta Darwin Pereira Chamba (El Oro, Pachakutik) no deja de sorprender con sus ocurrencias.

Primero fue el proyecto de ley de (supuesta) apertura a la banca extranjera, con el que adefesiosamente pretendía “invitarla” a invertir en el Ecuador, pero poniéndole una serie de cortapisas como la de reinvertir, durante los primeros cinco años de operación, todas las utilidades obtenidas en el país, obligación que no tienen los bancos locales; o pretender dirigir el destino de la inversión, para que el 20 % sea usado como banca de segundo piso, entregando una parte a la banca pública (5 %) y el resto (15 %) a ciertas cooperativas.

Luego fue el juicio político a la superintendenta de Bancos, uno de cuyos “motivos” es -no es broma- una resolución dictada por la Junta Monetaria en diciembre de 2018, que supuestamente implica una “metida de mano a los bolsillos de los usuarios”, pero que -aun de ser cierto el tal perjuicio- ni entrando al túnel del tiempo puede atribuirse a la señora Arregui, quien se posesionó meses después de dictada, al punto que el informe respectivo fue firmado por su antecesor.

La cereza del postre es el proyecto de reformas a la Ley de Compañías que presentó el pasado 20 de octubre. Ahí, sin explicación alguna en la exposición de motivos (que más bien se refiere a la protección de socios minoritarios), como quien nada dice desliza una propuesta para prohibir que los socios de compañías anónimas o de responsabilidad limitada puedan transferir sus intereses a otros socios de la compañía (o a parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de esos socios, prohibición que pide que se haga extensiva a personas jurídicas que tengan entre sus socios a tales parientes).

¿Por qué cree el proponente que protege a minoritarios impidiendo, p.e., que un accionista venda a otro sus acciones, cuando, por el contrario, muchos conflictos societarios se resuelven precisamente comprando las acciones de uno de los socios en disputa?

No lo sé. Sí sé, en cambio, que semejante “innovador” bodrio debe ser archivado.

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