Clausura a lo bestia
Guayaquil, Ecuador
Comienzo haciendo un rápido repaso de algunas normas constitucionales. Es deber «primordial» del Estado garantizar el efectivo goce de ciertos derechos, en particular el de salud (art. 3, 1º). En materia de derechos constitucionales las autoridades «deben aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su efectiva vigencia» (art. 11,4º). Es deber de los ecuatorianos «anteponer el interés general al interés particular» (art. 83, 7º).
