Asambleístas creen que Código Ambiental responde a mandatos de la Constitución

Marcela Aguiñaga. Foto: Asamblea Nacional

El primer debate del proyecto de Código del Ambiente continuará el próximo martes, 6 de octubre. En esa sesión se hablará sobre las temáticas incluidas en los libros preliminar, primero y segundo de la normativa. Hasta el momento se encuentran 20 legisladores inscritos para intervenir, según informó la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira.

Entre tanto, ayer durante la continuación de la sesión 350 la segunda vicepresidenta del Legislativo, Marcela Aguiñaga, dijo que este proyecto responde a los principios de la Constitución de Montecristi donde la naturaleza es parte de nuestro entorno, pero, al mismo tiempo, tiene la necesidad de protegerla y conservarla. Esta casa en la que habitamos es la única que tenemos y, por lo tanto, es nuestra obligación moral y ética conservarla, añadió.

Tras resaltar los avances que ha logrado Ecuador en política pública ambiental, como la conservación de más de 1, 5 millones de hectáreas con el programa socio bosque y la declaratoria de áreas protegidas de más del 20 por ciento del territorio nacional, Marcela Aguiñaga manifestó que el Código del Ambiente no busca las prácticas ambientales de los 80 que pretendían ser prohibitivas y de preservación.

El mundo moderno de la legislación de derecho ambiental incita a la sociedad a usar nuestros recursos naturales, sin comprometer la sostenibilidad de los mismos para las siguientes generaciones. Así, este código no busca sancionar, sino educar, prevenir, preservar nuestra flora, fauna y especies en peligro de extinción; responde a un cambio de época, con una visión técnica, conceptual, ética y moral, resaltó.

El enfoque de derechos de la naturaleza establecidos en la Constitución también lo resaltó la asambleísta Soledad Buendía, quien aseveró que con el Código se permitirá el ejercicio pleno de los mismos, pero que además sean sostenibles, a través de la educación y preservación. Resaltó que el proyecto haya incluido las iniciativas del colectivo Loba, que busca construir una sociedad libre de violencia, a través de la educación, prevención y protección. Con esta propuesta los seres humanos somos los más beneficiados, porque nos permite un cambio cultural y social, subrayo.

La legisladora explicó que hay algunos puntos que se necesitan perfeccionar. Propuso que se incorpore la creación de un registro público de censos de perros, gatos, de personas sancionadas, de organizaciones protectoras de animales, entre otras características, que servirán como punto de referencia para la implementación de políticas públicas. También pidió que se cree una norma para prohibir la exhibición de animales en vitrinas para su venta.

Entre tanto María Augusta Calle sugirió que en los considerandos se tome en cuenta el artículo 401 de la Constitución que declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas, para que este criterio también guíe al Código. Con este criterio, solicitó que en el artículo tres se incluyan conceptos que promuevan la biodiversidad y la soberanía alimentaria. Por otra parte, consideró que en el Código no solo se debe conservar, proteger y recuperar el patrimonio ambiental, sino que también exista la obligación de denunciar el daño a la madre naturaleza.

Esta iniciativa nos brinda las pautas para construir una sociedad con conciencia ambiental. La deuda ecológica se la debe saldar con un cambio en la normativa, que promueva el buen uso de la flora y la fauna, aseveró por su parte Paulina Padrón. Felicitó que se haya incluido en el Código a los animales como sujetos de derechos y que propenda su bienestar.

En cambio, Luis Fernando Torres cuestionó que el proyecto desconozca la realidad rural. Dijo que incorpora una visión marcada en lo urbano. Existen diferencias conceptuales que, a la final, van a causar perjuicios a los campesinos. Tampoco estuvo de acuerdo con las competencias que la normativa otorga a los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), mencionó que se traslada la responsabilidad de que ellos regulen los detalles en el cuidado de animales, temas que deben quedar resueltos en una Ley. (I)

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