La destitución de Glas

Al ser un caso inédito los análisis jurídicos son varios. Hay quienes consideran que la Controlaría sí posee dicha capacidad sancionatoria, por lo que complicado en realidad sería su aplicación, pues la norma no lo contempla. Yo –aunque con mis dudas- prefiero mantener el criterio de que solo la Asamblea Nacional podría censurar al Vicepresidente Glas de su cargo y que una norma inferior como la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, no podría irse en contra de la Constitución sobre las causales y mecanismos de destitución del Vicepresidente de la República. Más allá de las formas –porque Glas aún tiene vías constitucionales y administrativas de impugnación- lo evidente es que Jorge Glas debe abandonar el cargo. Significa una vergüenza internacional, no para Glas, sino para el país, que tengamos un mandatario electo en prisión.

El Consejo de Administración Legislativa debe dar paso de manera urgente y sin interpretaciones tendenciosos “legalistas” por parte de los miembros de AP, el juicio político a Jorge Glas para ser censurado de manera inmediata de su cargo. Sin importar el trámite administrativo de impugnación que pueda seguir Glas ante la notificación de Contraloría o esperar que el proceso penal concluya en sentencia. Estas son simples dilaciones de lo que resulta evidente y ético a hacerse. El Vicepresidente Glas, es responsable político de todo los escándalos de corrupción que se han destapado y como tal su desvinculación del cargo debe ser una prioridad de este periodo legislativo. Las evidencias así lo demuestran y con los informes de Contraloría, también ahora se le determinan responsabilidades civiles y administrativas. Es ya una burla hacia la ciudadanía, que sus acérrimos defensores presenten acciones de protección para garantizar el derecho a las vacaciones de Glas. Se intenta usar la ley para saltar el sentido común, que es claro no apoya sus amañadas interpretaciones.

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