Se reanuda audiencia de formulación de cargos contra el exministro Gonçalves por ‘caso Apagón’

Quito, miércoles 20 de mayo del 2026 Audiencia de formulación de cargos en caso Apagón de la empresa Progen, en la Corte Nacional de Justicia. Fiscal Carlos Alarcón. Fotos : API / Rolando Enríquez

La diligencia se lleva a cabo en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y el juez nacional, Marco Rodríguez, está a cargo de la diligencia del denominado caso Progen o mediáticamente bautizado ‘caso Apagón’. El 15 de mayo de 2026, la audiencia fue suspendida debido al toque de queda que regía en ese momento. Por ello, este 20 de mayo a las 08:30 empezó la audiencia.

La audiencia de formulación de cargos se da tras los argumentos expuestos por el Fiscal general (s), Leonardo Alarcón y solicitara prisión preventiva para los 21 procesados, entre ellos el exministro de Energía Antonio Gonçalves.

La Fiscalía apunta a que Gonçalves. y 21 procesados más cometieron presuntas irregularidades en contratos entre la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) con la empresa estadounidense Progen com perjuicio económico para el Estado de 104’370.000 de dólares, lo que incurre en delito de peculado. 

Según el Ministerio Público, el Estado efectuó transferencias internacionales hacia una cuenta en el Regions Bank con anticipos de $34,8 millones que corresponden al contrato de Quevedo y $69,6 millones por el contrato de Salitral.

Los autores de este caso serían:

  1. Antonio Gonçalves.
  2. Fabián Calero.
  3. Marvin Rubio.
  4. Daniel Suárez.
  5. Julio Montesdeoca.
  6. David Sánchez.
  7. Nelson Castro.
  8. Luis Flores.
  9. Byron Orozco.
  10. Juan Carlos Cornejo.
  11. Carlos Villacís-
  12. Santiago Jaramillo.
  13. Marco Poma.
  14. Marco Chicaiza.
  15. Romel Llumiquinga.
  16. Javier Lazluisa.
  17. César Toledo.
  18. Gabriela Toaza.
  19. Gonzalo Guerrón.

Por otro lado como coautores sonm señalados:

  1. Andrew Scott.
  2. Karla Saud.

Sobre Gonçalvez, la Fiscalía indicó que no existió ninguna acción frente al deber legal de precautelar los fondos públicos que le pertenecen al Estado. Se señala que desde el exfuncionario no hubo supervisión, veeduría, o activación de cláusulas contractuales para ejecutar las garantías bancarias de fiel cumplimiento. (I)

Más relacionadas