
Opinión
Del dicho al hecho
Eduardo Carmigniani
Guayaquil, Ecuador
La Ley de Arbitraje ecuatoriana establece, en materia de arbitraje internacional, que «Toda persona natural o jurídica, pública o privada, sin restricción alguna, es libre de estipular directamente o mediante referencia a un reglamento de arbitraje todo lo concerniente al procedimiento arbitral, incluyendo la constitución, la tramitación, el idioma, la legislación aplicable, la jurisdicción y la sede del tribunal, la cual podrá estar en el Ecuador o en país extranjero. […]