El mito de la extradición de Assange

Esteban Noboa Carrión
Guayaquil, Ecuador

Durante el último mes, una noticia importante en el ámbito internacional ha sido la petición de asilo por parte de Julian Assange, fundador de Wikileaks, al Estado ecuatoriano, consiguiendo en una primera instancia refugiarse en nuestra embajada en Londres. Con el paso de los días, el discurso repetido de la defensa de Assange, acogido enteramente por nuestro Presidente y su Canciller, ha sido algo así como: “Vamos a estudiar la petición de asilo de Assange porque tememos que se lo extradite a Suecia, para luego ser extraditado y ejecutado en Estados Unidos”. A pesar de que muchos han encontrado en aquellas palabras una verdad irrefutable -puesto que en Estados Unidos es legal la pena de muerte- considero menester hacer algunas puntualizaciones con respecto a la validez del argumento y su viabilidad legal.

Esta creencia de que acontecerá una cadena de extradiciones para luego acabar con la ejecución de Assange no pasa de ser una elucubración que se fraguó como consecuencia de la expedición de una Orden de Detención Europea por parte de Suecia, con la finalidad de que Inglaterra lo extradite para así poderlo llevar a juicio por un par de delitos de índole sexual que se le imputan en el país nórdico. Pero… de esto, a que sea extraditado de Suecia a Estados Unidos para que lo enjuicien allá por espionaje y lo condenen a muerte, hay un trecho gigantesco. Al parecer, la defensa de Assange y nuestras autoridades no se han dado cuenta -o les ha dado pereza investigar- de que, con base en la legislación sueca, es sencillamente imposible una doble extradición que culmine sentenciando a muerte a Assange.

Esto se debe a que el “Extradition for Criminal Offenses Act” promulgado en Suecia el 6 de diciembre de 1957 establece en el numeral 3 de su sección 12 que la extradición de un criminal podrá hacerse siempre que el país de destino no imponga la pena de muerte como sentencia al imputado. Y como la pena asignada al delito de espionaje en Estados Unidos puede llegar hasta la muerte, es inviable que Suecia lo extradite, pues la mera posibilidad de que Assange sea condenado a muerte constituye un impedimento legal para efectivizar dicha extradición.

También debo aclarar que el único delito federal que Estados Unidos podría imputar a Assange sería el espionaje, mas no la traición (cosa que el Canciller no se cansa de repetir equivocadamente) ya que ésta no puede ser cometida en Estados Unidos por extranjeros no residentes.

En definitiva, que quede claro que ni Assange, ni Correa, ni Patiño tienen argumentos fundados para asegurar que la petición del asilo responde a que su vida corre peligro: Assange no morirá… al menos no de una forma institucionalizada como es la pena de muerte. Ahora bien, todo ello no elimina la probabilidad de que si es que éste llega a pisar suelo norteamericano alguien le pegue un tiro haciéndole caso a Sarah Palin, que convocó al pueblo gringo a cazar a Assange como si fuese Bin Laden. ¡Las cosas que se escuchan! Y no sólo en mi Ecuador…

* El texto de Esteban Noboa Carrión fue publicado originalmente en el blog El Gran Dictador.

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1 Comment

  1. Por fin alguien con una idea clara de la situacion.. entonces… todo lo de Assange es solamente un «show mediatico» digno de mejor causa, y seguramente estaran consiguiendo en el exterior  sonrisitas piadosas por esta rediculez…

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