La sede de la justicia

Por David Ochoa

1979-81. Gobierno de Jaime Roldós. Cuando Roldós inaugura el Palacio de Justicia de Guayas se lamenta: “Ojalá algún día inauguremos la justicia”. El abogado Roldós ganó las elecciones tras de casi nueve años de dictaduras (Velasco Ibarra, Rodríguez Lara y el triunvirato). Desde entonces, y con anuencia de Roldós, el Colegio de Abogados del Guayas funciona en el Palacio de una justicia aún no inaugurada. Ahora el gobierno va tras esas instalaciones.

El pasado 9 de noviembre, el Presidente firma Decreto Ejecutivo 933, publicado el pasado 17 de noviembre. En él deja insubsistente el Decreto Supremo 1506 de 1971, por el cual Velasco Ibarra asignó recursos presupuestarios para construir el Palacio de Justicia en Guayaquil. También se deroga el Decreto Supremo 1395, de 1973, por el cual Guillermo Rodríguez Lara dispone que, entre las dependencias del Palacio de Justicia, se incluyan las del Colegio de Abogados del Guayas. El dictador (me refiero a Rodríguez) también permitió que el salón de recepciones del Palacio de Justicia pueda ser utilizado por el Colegio de Abogados, a pedido de su presidente.

Como si al gobierno no le faltara frentes de confrontación, ahora se abrió una pugna con el Colegio de Abogados del Guayas. Los considerandos del Decreto dejan mal parado al Colegio: lo califican de ser un riesgo para la seguridad, un lugar de música estridente y hasta un sitio para beber. Los dirigentes denuncian una represalia por su respaldo a la jueza Ma. Leonor Jiménez (recientemente destituida por el Consejo de la Judicatura de Transición), por demandar la inconstitucionalidad de la delegación de Fernando Yávar como miembro de ese mismo Consejo (puesto que no tendría los diez años de ejercicio que se requieren para el cargo según la Constitución) y por denunciar el Estado de Excepción declaradon en la Justicia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. El presidente titular del Colegio de Abogados, Alfonso Luz Yúnez (a la sazón, juez de la Corte Constitucional) se refirió al gobierno en terminos homofóbicos: http://www.hoy.com.ec/noticias-ecuador/prepotente-llama-luz-yunez-a-mera-519887.html

Más allá de motivaciones y discusiones políticas, es interesante conocer las argumentaciones jurídicas de ambos lados. Mientras el gremio de abogados afirma tener un comodato (un préstamo gratuito) de casi cien años de duración, el Gobierno considera que el permiso de usar las instalaciones es una decisión unilateral del Estado. Se ha dicho también que el Decreto Supremo de 1973 tiene jerarquía de ley, por lo que sólo la Asamblea podría derogarlo. Al menos sobre este punto, es notorio que el Gobierno tiene razón: el Decreto de Rodríguez Lara es un acto administrativo, de igual o menor jerarquía que un Decreto Ejecutivo: no es una Ley.

Los Decretos Supremos derogados por Correa no contienen materia de ley (no establecen penas ni tributos, tampoco regulan ni limitan derechos, ni establecen derechos ni cargas para los ciudadanos). Su contenido es muy concreto: establecer un presupuesto para construir el Palacio de Justicia y disponer que se utilicen ciertos planos y se destine un uso para esas oficinas. Actualmente, este tipo de decisiones son resoluciones emitidas por cualquier entidad que utiliza el portal de compras públicas.

Es un error pensar que los Decretos Supremos tienen carácter de ley sólo por ser firmados por un dictador. Si bien durante las dictaduras las leyes se emitían desde Carondelet, muchas veces, el mandatario emitía decisiones administrativas mediante esta figura. Hay Decretos Supremos que nombraron embajadores o que confirieron ascensos en la fuerza pública: ninguna de estas actividades son materia de ley.

Mirado el caso con ojos de eficiencia asignativa, es notorio que las oficinas en disputa aprovecharían mejor a la sociedad si fueren destinados a aumentar los juzgados (en particular de niñez y de lo penal). Es lamentable que en tres décadas el Colegio de Abogados del Guayas no haya podido ahorrar y tener su propio inmueble, como lo tienen muchos otros gremios profesionales: es otro caso en que el gremio privado se olvida de crecer como institución, confiado en el paternalismo estatal. No es de sorprender que más de uno lo vea como una institución en decadencia.

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