Ecuador, un tema extenso en el informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión

Edison Lanza, Relator Especial para la Liberta de Expresión de la OEA. Foto de EFE

Quito.- El pasado 9 de marzo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos aprobó el Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de ese organismo. A partir de la página 135 de dicho documento (hasta la 163) se encuentra el capítulo que examina el estado de ese derecho fundamental en el Ecuador.

A continuación un resumen de los temas que el relator Edison Lanza incluye en su informe:

a. Agresiones, amenazas y detenciones contra periodistas, opositores y manifestantes

Esta sección del informe resume los casos que la Relatoría ha considerado más preocupantes en torno a vulneraciones al derecho a la Libertad de Expresión, contenido en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Entre los casos que se relatan son los de: David Mármol, el activista del colectivo Yasunidos que fue retenido por presuntos miembros de la Escolta Presidencial y posteriormente fue golpeado por desconocidos tras haber hecho el gesto de bajarle el pulgar a la caravana presidencial. Las amenazas a Gonzalo Ortiz Crespo, que era un columnista de Diario Hoy crítico al gobierno. La detención de las tres mujeres que llamaron «torturador» al ministro José Serrano durante el traslado de reos del Ex Penal García Moreno al nuevo centro penitenciario. El llamado a matar a Marlon Puertas, ex editor general de Diario La República, con el hashtag #untiroamarlon. La detención a Enver Orna, Paúl Velásquez y Edwin Sánchez, del Frente Unitario de Trabajadores, el 17 de julio del 2013. También el hecho de haber obligado al extranjero Oliver Utne, vinculado a la disuelta fundación Pachamama, a abandonar el país el 17 de julio del 2013. La oferta en Twitter de dinero «por la cabeza» de Emilio Palacio.

Así mismo se menciona también la detención de alrededor de 120 personas durante las protestas del 17 de septiembre, entre ellos 60 estudiantes, así como la separación de los alumnos de los colegios Mejía y Montufar de esos planteles por orden del ministro de Educación.

b. Ley Orgánica de Comunicación y su aplicación

La Relatoría notó que la norma consagra principios importantes para el ejercicio del derecho, sin embargo, las restricciones de la ley para regular esos principios los volverían inaplicables por cuanto el informe dice que «impedir de forma severa el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y generar un efecto intimidatorio» sería «incompatible con una sociedad democrática».

El informe se refiere a casos en que la Ley ha sido aplicada para sancionar al «periodistas, caricaturistas, presentadores y medios de comunicación». Entre el 15 de octubre del 2013 y 25 de septiembre del 2014 la Superintendencia de Comunicación (Supercom) ha atendido 162 trámites, de esos 124 fueron reclamos y denuncias. El organismo inició 12 casos de oficio. En ese periodo la Supercom emitió 43 resoluciones, 12 absolutorias y 31 sancionatorias.

Entre los casos que relata el informe se encuentra la sanción al caricaturista Xavier Bonilla, conocido como Bonil, por su caricatura en torno al allanamiento a la casa de Fernando Villavicencio. La obligación impuesta a Alfredo Pinargote, de Ecuavisa, de pedir disculpas públicas al pueblo afroecuatoriano por comentarios discriminatorios. La sanción a TC Televisión por contenidos discriminatorios en el segmento ‘El Nalgometro’. La denuncia, admitida a trámite por la Supercom, de Carlos Vera Quintana contra El Universo, El Comercio, Hoy y La Hora por no haber informado suficientemente del viaje de Rafael Correa a Chile, a recibir un doctorado honoris causa (esto se dio a raíz de un llamado del presidente en una sabatina a que la ciudadanía reclame por esta omisión). La multa de $57.800 a Diario Hoy por no difundir su tiraje.

Asimismo, se incluye las sanciones a Teleamazonas por el programa ‘La pareja feliz’ que, ante esa situación, salió del aire. La sanción a Diario Extra por incumplir la disposición de la Ley de Comunicación que habla de «evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares».

c. Sentencia de la Corte Constitucional sobre la Ley Orgánica de Comunicación

En esta sección se resume las demandas de inconstitucionalidad a la Ley de Comunicación presentadas por el asambleísta Luis Fernando Torres, otra suscrita por 60 ciudadanos y una más de la Clínica Jurídica de la Universidad San Francisco de Quito. Las demandas fueron negadas, sin embargo, se realizó cambios a la Ley en dos artículos y en la interpretación de un tercero. La Corte declaró inconstitucional, solamente, una frase del artículo 2 sobre la titularidad y exigibilidad de los derechos, así como la inconstitucionalidad aditiva del numeral 3 del artículo 56 referente a las atribuciones de la Supercom. Por último, declaró la constitucionalidad parcial del artículo 10, numeral 4, literal i, referente a las normas deontológicas relacionadas a los medios.

d. Libertad de Expresión e Internet

En esta sección se relata el caso de la ex asambleísta Martha Roldós, cuyo correo electrónico habría sido hacheado ante la publicación del periódico estatal El Telégrafo de un reportaje en el que se afirmaba que la ex legisladora quería crear una agencia de noticias con el propósito de «sostener a la oposición», iniciativa que habría sido financiada por National Endowment for Democracy (NED), organización a la que El Telégrafo, en base a una cita al New York Times, vincula con la CIA.

El informe relata el cierre de uno de los canales de YouTube de diario La República.EC por una denuncia de Ares Rights por supuestamente infringir derechos de autor de Ecuador TV, la televisora pública, respecto de escenas de la sabatina presidencial. Un caso parecido el de la twitera @Diana_Amores por utilizar en un tuit el logo de Alianza País.

Asimismo, se incluye el caso de que la cuenta de Twitter del presidente Correa habría sido hackeada, en principio se detuvo a dos jóvenes por esto pero se los liberó por falta de pruebas al día siguiente.

Se relata el caso de los portales ‘Crudo Ecuador’, ‘Rokoto Feo’, ‘A mí me aburrió la revolución ¿Y a ti?’, y ‘Ecuatoriano hasta las huevas’, entre otros, que fueron hostigados por el gobierno hasta el punto de preferir cerrar como ‘Ecuatoriano hasta las huevas’ y ‘Crudo Ecuador’.

e. Declaraciones estigmatizantes

La Relatoría tomó nota de las expresiones estigmatizantes de funcionarios públicos contra periodistas y comunicadores. Incluye enlaces ciudadanos en donde el presidente ha descalificado a Bonil, César Ricaurte (director de Fundamedios), Betty Escobar (columnista de El Universo), Emilio Palacio (ex director de opinión de El Universo), y otros.

Se incluye el caso del video ‘Esta es la verdadera libertad‘ que la Secretaria de Comunicación transmitió en donde los hombres agresivos que secuestran a la libertad representaban a propietarios de bancos, medios de comunicación y empresarios.

f. Reformas al marco normativo

Esta sección del informe menciona la aprobación del reglamento a la Ley de Comunicación que dictó el presidente Rafael Correa, incorporando como sujetos de control a los medios de comunicación que «operen sobre la plataforma de internet, cuya personería jurídica haya sido obtenida en Ecuador y que distribuyan contenidos informativos y de opinión». Esto, pese a que la Ley de Comunicación prescribe que «no regula la información u opinión que de modo personal se emita a través de internet». El reglamento pretendería modificar la Ley que está por encima de él.

Además, ese menciona el trámite de las reformas constitucionales que se da al interior de la Asamblea Nacional que pretende incorporar a la comunicación como servicio público.

g. Acceso a la información

En esta sección se menciona la aprobación del Código Orgánico Monetario y Financiero cuyo artículo 17 sobre «información reservada» señala que «con el objetivo de precautelar la sostenibilidad monetaria, financiera, de seguros y valores, la Junta podrá calificar motivadamente como reservada la información relacionada con los ámbitos de su gestión, de conformidad con el procedimiento que establezca para el efecto». Así mismo menciona otros artículos de esa norma que podría vulnerar la libertad de expresión e información.

La Relatoría, por medio del informe, recuerda al Ecuador que el artículo 13.2 de la Convención Americana establece que la restricción de la información es de carácter excepcional, de consagración legal, objetivos legítimos, necesidad y proporcionalidad.

h. Afectación a medios de comunicación e incautación de equipos

En esta sección el informe relata que la Supercom habría contratado dos empresas para monitorear permanentemente a los medios de comunicación, para verificar el cumplimiento de la Ley de Comunicación.

Entre los casos que menciona está el cierre de la edición regional del diario La Hora de Manabí y del diario El Meridiano de Guayaquil.

i. Responsabilidades Ulteriores

En este punto se menciona el proceso contra Clever Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, por la denuncia que presentaron ante la Fiscalía diciendo que el presidente Correa había cometido delitos de lesa humanidad. Por esa denuncia el mandatario los enjuició y ellos fueron condenados.

También se incluye la denuncia de la empresa Sky Jet Elite Corporation contra Emilio Palacio y Clever Jiménez por afirmar que un avión de esa compañía habría transportado a funcionarios del gobierno sin registrar su identidad.

j. Cadenas presidenciales e interrupción gubernamental de espacios informativos

Se relatan varios casos de interrupciones, como la del 11 de enero del 2014 sobre la última edición del programa ’30 Minutos Plus’ de Janeth Hinostroza para transmitir un discurso de Álvaro García Linera, vicepresidente de Bolivia. Se relatan varios caso por el estilo.

También se menciona la carta de Fernando Alvarado, Secretario de Comunicación, en la que se discrimina al periodista Alfonso Espinosa de los Monteros en razón de su edad. Luego el secretario pidió disculpas.

La cadena ordenada por la Secretaria de Comunicación contra el periodista Gonzalo Rosero, de radio Exa-Democracia, y el analista Fernando Saltos Alvite, a quienes se advirtió que incurrían en el delito de pánico financiero, en virtud de una entrevista al analista sobre el dinero electrónico.

La Relatoría recordó al Ecuador que la CIDH ha establecido que «no es cualquier información la que legitima al Presidente de la República la interrupción de la programación habitual, sino aquella que pueda revertir interés de la colectividad en el conocimiento de hechos que puedan encerrar trascendencia pública y, que sean realmente necesarios para la real participación de los ciudadanos en la vida colectiva».

k. Otras situaciones relevantes

Se menciona las amenazas a los familiares del periodista Fausto Valdiviezo, que fue asesinado el 11 de abril del 2013, para no dar más declaraciones sobre ese crimen.

El último caso que menciona el informe es el de la carta del ex presidente del Consejo de la Judicatura de Transición, Paulo Rodríguez, por la cual advertía al diario que si persiste en investigar irregularidades durante la gestión de ese Consejo, se verá obligado a ejercer «el resto de potestades que la Patria ecuatoriana me provee en defensa de mis legítimos derechos».

(I)

Revise el informe completo haciendo clic aquí.

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